Clasificación IMO de mercancías peligrosas

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Existe una regulación para el transporte de mercancías peligrosas y contaminantes marinos en buques de navegación marítima, esta regulación está estipulada en el Convenio internacional para la seguridad de la vida en el mar (SOLAS) y el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques (MARPOL).

Los bienes peligrosos o de la OMI (Organización Marítima Internacional) son bienes cuyas propiedades o características representan un riesgo para la seguridad de las personas. Estos bienes se clasifican en nueve clases diferentes según sus características y el grado de peligro que presentan.

Clasificación de mercancías peligrosas IMO

Para todos los modos de transporte (marítimo, aéreo, ferroviario, por carretera y vías navegables), el Comité de Expertos de las Naciones Unidas para el Transporte de Mercancías Peligrosas ha elaborado la clasificación de mercancías peligrosas, que indica cada tipo de riesgo involucrado.

La clasificación IMO para mercancías peligrosas contempla las siguientes clases:

  • Clase 1: Explosivos.
  • Clase 2: Gases.
  • Clase 3: Líquidos inflamables.
  • Clase 4:

-Clase 4.1: Sólidos o sustancias inflamables.

-Clase 4.2: Sólidos inflamables.

-Clase 4.3: Sustancias que en contacto con el agua emiten gases inflamables.

  • Clase 5:

-Clase 5.1: Sustancias oxidantes (agentes) que al producir oxígeno aumentan el riesgo y la intensidad del fuego.

-Clase 5.2: Peróxidos orgánicos (la mayoría arde rápidamente y son sensibles al impacto o la fricción).

  • Clase 6:

-Clase 6.1: Sustancias toxicas.

-Clase 6.2: Sustancias infecciosas.

  • Clase 7: Sustancias radioactivas.
  • Clase 8: Corrosivos.
  • Clase 9: Sustancias y artículos peligrosos diversos.
Mercancías Peligrosas

La Declaración del remitente de la OMI es el formulario utilizado para describir materiales peligrosos que se transportan en un contenedor o en un buque. Este formulario es obligatorio para los envíos de mercancías peligrosas por mar de conformidad con las reglamentaciones de la Organización Marítima Internacional.

El remitente debe certificar que el contenido se describe de forma completa y precisa con las siguientes características: nombre de envío, clasificación, embalaje correcto, marcado y etiquetado; y que el mismo está en las condiciones adecuadas para el transporte de acuerdo con las regulaciones aplicables.

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